Deducción fiscal:
Personas físicas:
Somos una asociación declarada de Utilidad Pública. Por tanto, desgravarás siempre un 80% de los primeros 250€ donados y un 40% del resto de la aportación durante los dos primeros años; a partir del tercer año puedes desgravar el 45% del resto de la aportación.
Esto quiere decir que si, por ejemplo, donas 150€, tienes una deducción de 120€.
Empresas:
Las empresas que realizan aportaciones solidarias también recuperan parte de sus donaciones a través de rebajas fiscales en el impuesto de sociedades; a partir del tercer año, pueden desgravarse el 50% de la aportación (el 40% los dos primeros años), con el límite del 15% de la base imponible.
En ambos casos te enviaremos un certificado para la desgravación fiscal de tus cuotas.